Te cubre en los gastos que se presentan cuando existen perjuicios a otra persona o dañes otro tipo de bienes de terceros. Esta cobertura también te respalda en caso de existir lucro cesante y en daño moral o perjuicios psicológicos a terceros afectados.
Esta cobertura está condicionada a que tú o la persona a la que le prestaste la bicicleta sea civilmente responsable frente a la persona a la cual se le causaron los daños y que esta responsabilidad no se derive de un contrato.
Te cubre daños a la bicicleta como consecuencia de un accidente, un acto malintencionado de terceros (excepto hurto e intento de hurto), o eventos de la naturaleza. El valor asegurado para las coberturas de pérdida total por daños, será el valor de la factura aplicando depreciación de acuerdo a la antigüedad de la bicicleta.
Te cubre la desaparición permanente de la bicicleta asegurada como consecuencia de hurto. El valor asegurado para las coberturas de pérdida total por hurto, será el valor de la factura aplicando depreciación de acuerdo a la antigüedad de la bicicleta.
Si como consecuencia de un accidente en la bicicleta asegurada, tú, o una persona a la que se la prestes mueren, se invalidan o sufren una desmembración o una inutilización de una parte de su cuerpo, SURA pagará los porcentajes del valor asegurado que se indican.